6.1.25

¿Y los delitos ambientales qué? - Disertaciones del Crepúsculo


6 de enero de 2025. Por Armando Palau Aldana. Sabido es, que desde 1980 el Código Penal en concurso con nuevas piezas legales, consagró como punibles los delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales, sin embargo, los abogados ambientalistas (un puñado) sabemos que es una mera ficción, pues nadie le teme a esta tipificación, ante la ausencia de condenas por: Aprovechamiento ilícito (especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, corales, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana), Tráfico de fauna, Deforestación, Daños en los recursos naturales y Ecocidio, y Contaminación ambiental.

Pareciera que la atención a estos bienes jurídicos colectivos, asociados a los recursos naturales renovables (agua, aire, fauna, flora, paisaje, suelo y otros), cede en prevalencia ante punibles relacionados con derechos individuales, no obstante que son deberes constitucionales del Estado: proteger las riquezas naturales de la Nación, la diversidad e integridad del ambiente, así como la conservación de las áreas de especial importancia ecológica y el control de los factores de deterioro ambiental.

La Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente de la Fiscalía, está a cargo de un profesional del derecho egresado de la Universidad Militar, magíster en derecho procesal penal y criminología de la misma universidad, y especialista en derecho administrativo, vinculado a la Unidad de Terrorismo, la Estructura de Apoyo y la Unidad Nacional de Justicia, juez penal del Circuito Especializado de Extinción de Derecho de Dominio, juez de control de garantías y juez penal de conocimiento en Bogotá. Docente de extinción de dominio en la Universidad Sergio Arboleda y de temas de contratación en la Escuela Superior de Guerra, que solo registra un diplomado en delitos ambientales de la Universidad del Rosario.

Sin demeritar al funcionario de turno, se observa que su formación no es robusta en delitos ambientales como tampoco su experiencia asociada, ello nos quita el aliento y corrobora nuestra desesperanza e incredulidad en la justicia penal ambiental, casi inexistente, no obstante que tengamos la ratificación legal y control de constitucionalidad del Tratado Regional de Escazú, uno de cuyos propósitos es el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales.

No obstante nuestra desazón, tenemos el derecho constitucional de exigir la aplicación de las sanciones penales derivadas de la conducta de los funcionarios de las entidades estatales del Sistema Nacional, las mayores responsables del deterioro del entorno y su oferta de recursos naturales, por omisión en el ejercicio de la autoridad ambiental, esto es: Ministerio de Ambiente, Autoridad Nacional de Licencias, Corporaciones Autónomas Regionales y Grandes Centros Urbanos. Por ello arrancamos este año nuevo con una denuncia pública para que se evidencie la investigación de delitos ambientales y se articule una Mesa de Trabajo.

En esta denuncia penal, con sustento en nuestro ejercicio ambientalista del derecho ambiental, llamamos la atención de la Fiscal General respecto de los punibles ambientales (entre otros): Daños en los recursos naturales, Ecocidio, y Contaminación ambiental sobre la mega biodiversidad del Parque Natural Gorgona con el licenciamiento para construir una Estación Guardacostas con tres obras militares (radar, muelle y locaciones para la Armada Nacional); las amenazas sobre el frágil Páramo San Turban; y la contaminación con represas de los ríos tutelares Magdalena y Cauca.

También exigimos se investigue la degradación del valle geográfico del río Cauca por la agroindustria de la caña de azúcar (glifosato, quemas, monocultivo); la especulación de reforestación por parte de la septuagenaria Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca; el ilegal desarrollo urbanístico en la Reserva Forestal del Pacífico; el desconocimiento de la consulta previa a los Pueblos Indígenas y Comunidades Afrodescendientes en contaminantes proyectos de infraestructura y extractivismo; la usurpación de funciones públicas por parte de contratistas del Dagma en el ejercicio de la autoridad ambiental.

Creemos que es hora de instalar una Mesa Nacional sobre Delitos Ambientales que convoque a las organizaciones ambientalistas (no a las sociales o comunales, ni consultorías y sus organizaciones contratistas o universidades), para trazar un Plan de Acción para estos 3 años siguientes de la, hasta ahora, incipiente gestión de la nueva Fiscal General para enfrentar y sancionar ejemplarmente estos punibles que atentan contra el bienestar general.

Por supuesto, que no nos hacemos ilusiones, pero dejamos la constancia, como en el tango La Bicicleta Blanca (1970) de Piazzolla y Ferrer: “Lo viste. Seguro que vos también, alguna vez, lo viste: te hablo de ese eterno ciclista solo, tan solo, que repecha las calles por la noche. / Usa las botamangas del pantalón bien metidas en las medias y una boina calzada hasta las orejas, ¿te fijaste? Nadie sabe, no, de dónde cuernos viene, jamás se le conoce a dónde diablos va. / De todos modos, si lo vieras pasar, miralo con mucho Amor: puede que sea, otra vez... / "¡Dale, Dios!... ¡Dale, Dios!... / ¡Meté, flaquito corazón! / Vos sabés que ganar / no está en llegar sino en seguir...".


5.1.25

“Wicked”, “El mago de Oz” y el letrista estadounidense Yip Harburg


3 de enero de 2025. Por Amy Goodman y Denis Moynihan. Gente de todas partes del mundo ha estado viendo la taquillera película musical “Wicked” durante estas fiestas de fin de año. Basada en el musical homónimo de Broadway, “Wicked” actúa como una precuela de la película de 1939 “El mago de Oz” y presenta a la villana de esa obra cinematográfica, la Bruja Mala del Oeste, como una niña incomprendida y acosada que desafía a la autoridad y expone las malas acciones.

Desde mediados de la década de 1950 hasta principios de la de 1990 —mucho antes de que existieran las plataformas de transmisiones por Internet y de videos a demanda— los telespectadores estadounidenses, que solo tenían acceso a unas pocas cadenas importantes de televisión, debían esperar cada año que llegara la oportunidad de ver “El mago de Oz”. La tan esperada transmisión especial de la película solía emitirse entre el Día de Acción de Gracias y el día de Navidad y captaba la atención de millones de televidentes de todo el país. Esta tradición cinematográfica compartida popularizó el fantástico cuento de Dorothy, su perro Toto, el Espantapájaros, el Hombre de Hojalata y el León.

La película también recibió reconocimiento internacional por su banda sonora, con canciones icónicas como “Follow the Yellow Brick Road” (Sigue el camino de ladrillos amarillos); “We’re Off to See the Wizard” (Vamos a ver el mago); “Ding Dong the Witch is Dead” (Ding dong, la bruja ha muerto); y el clásico de renombre mundial “Over the Rainbow” (Sobre el arcoíris). Menos conocido es el autor de las letras de esas canciones: el compositor y guionista E. Y. “Yip” Harburg. En una época de creciente autoritarismo, desigualdades cada vez mayores y una élite multimillonaria en ascenso, las canciones con conciencia social de Yip Harburg, así como su propia lucha por superar la pobreza durante la Gran Depresión y su inclusión en las listas negras durante la era del macartismo, aun cuando “El mago de Oz” ganaba fama, se convierten en una fuente de inspiración y advertencia.

Yip Harburg nació en 1896 en el barrio Lower East Side del distrito de Manhattan, en Nueva York, en el seno de una familia judía pobre cuyos padres huyeron, como tantos otros, de los pogromos antisemitas en Europa del Este.

En la escuela secundaria le tocó sentarse, por orden alfabético, junto a Ira Gershwin y ambos comenzaron una amistad que se mantuvo durante toda su vida y que fue determinante para el desarrollo de la música y la cultura estadounidenses del siglo XX. Ernie Harburg, hijo de Yip y coautor de la biografía titulada '¿Quién puso el arcoíris en el mago de Oz?', dijo en una entrevista que mantuvo con Democracy Now! en 1996: “Yip experimentó de cerca la pobreza […]; eso le permitió comprender la vida como una constante lucha”.

Yip Harburg quedó sumamente endeudado tras la crisis de Wall Street en 1929. Gershwin le sugirió que escribiera letras de canciones. Poco tiempo después, Harburg compuso la canción que encarnó la esencia de la Gran Depresión, “Hermano, ¿me das diez centavos?”, que se convirtió en un éxito a nivel nacional y sigue siendo un himno atemporal sobre los tiempos difíciles, la codicia empresarial y la dignidad de la clase trabajadora.

“Una vez construí un ferrocarril; lo hice correr, lo hice competir contra el tiempo.

Una vez construí un ferrocarril; ahora está terminado. Hermano, ¿me das diez centavos?”.

La película “El mago de Oz” se basó en la novela de 1900 titulada “El maravilloso mago de Oz”, de L. Frank Baum. Antes del éxito comercial que obtuvo con el libro, Baum se desempeñó en diversas actividades. Entre 1890 y 1891, en el estado de Dakota del Sur, dirigió el periódico local Aberdeen Saturday Pioneer. Allí escribió varias editoriales, entre ellas dos que instaban a cometer un genocidio contra los pueblos indígenas. Pocos días después de la masacre de Wounded Knee, ocurrida el 29 de diciembre de 1890 y en la que se estima que unas 300 personas mayores, mujeres y niños de la comunidad Lakota fueron masacrados por el ejército estadounidense en la cercana reserva de Pine Ridge, Baum escribió: “Nuestra seguridad depende del exterminio total de los indígenas […], [hay que] borrar de la faz de la tierra a estas criaturas salvajes e indomables”.

Las letras de Yip Harburg, por el contrario, dignificaban a las personas oprimidas, a la clase trabajadora, a los inmigrantes y a otros grupos marginados. Estos fueron los temas principales de los dos éxitos de Broadway escritos por Yip: la obra “Bloomer Girl” (Chica bloomer), que gira en torno al movimiento por el sufragio de la mujer, y “Finian’s Rainbow” (El arcoíris de Finian), que rinde homenaje a las personas migrantes y a la lucha contra el racismo. Las letras de Yip atrajeron la atención del Comité de Actividades Antiestadounidenses de la Cámara de Representantes de Estados Unidos y del senador Joseph McCarthy, quien lideró una agresiva “caza” de personas sospechosas de ser comunistas dentro del Gobierno y de las principales instituciones del país, incluidos los estudios de Hollywood. McCarthy contó con la ayuda del abogado “cazacomunistas” Roy Cohn, quien más adelante desempeñaría el papel de mentor de un entonces joven Donald Trump. Yip Harburg estuvo entre los cientos de escritores, actores y otras personas de la industria a quienes se les prohibió trabajar en el cine y la televisión durante la década de 1950. McCarthy y su cruzada anticomunista finalmente acabaron desacreditados, y Harburg continuó con su trabajo creativo en defensa de los derechos humanos hasta su muerte en 1981, cuando tenía 84 años.

La obra más conocida y entrañable de Yip Harburg continúa siendo su colección de canciones para la película “El mago de Oz”, que se estrenó en el tumultuoso año 1939. En ese entonces, el fascismo estaba en pleno auge en Europa y Asia, los impactos económicos de la Gran Depresión todavía causaban estragos en la clase trabajadora y las leyes segregacionistas de la época de Jim Crow oprimían a millones de personas de color.

A escasas semanas de la investidura de Donald Trump para su segundo mandato como presidente, y con el foco puesto en el desafío a la autoridad que introdujo, de manera muy oportuna, la exitosa película “Wicked”, es un buen momento para recordar el extraordinario trabajo y las profundas enseñanzas de las letras de Yip Harburg, el hombre que puso el arcoíris en el mago de Oz.


Tomado de © 2025 Amy Goodman. Traducción al español de la columna original en inglés. Edición: Democracy Now! en español, spanish@democracynow.org

3.1.25

¡Cali: Verde que te quiero verde! - Disertaciones del Crepúsculo


3 enero 2025. Por Armando Palau Aldana. Cali se ha denominado la Sucursal del Cielo porque sus mujeres son como las flores, por su gente jovial, por su acogedor clima, por su llana geografía que combina con su pie de monte en Terrón Colorado, Alto Jordán y la Montaña Mágica de Siloé. Es cruce de caminos de las gentes que migran desde el sur caucano y nariñense, como de quienes parten o vienen del Litoral Pacífico y su bello Puerto del Mar mi Buenaventura, migraciones cuyo saber se siente en la exquisita comida que se dispensa y el rítmico son de su cadenciosa música que se baila.

Sin embargo, esta pujante ciudad viene rezagada especialmente en materia ambiental. En términos de hábitat, no se cumplen los estándares internacionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud de un árbol por 3 habitantes, cuando solo llegamos a 8 por cada poblador. Mientras la OMS indica que un hábitat saludable debe contar por lo menos con 9 metros cuadrados de áreas verdes por persona, en Cali no alcanzamos ni siquiera los 3 metros, presentándose sectores críticos como la Ladera donde cada vecino solo cuenta con 11 centímetros.

No obstante, se miente a la opinión pública desde la autoridad ambiental logrando reconocimientos mundiales como ciudad inteligente, a través de los servicios ecosistémicos que prestan los 25 bosques urbanos que tiene Cali a través de una ‘Red Comunitaria que integra 39 escenarios de naturaleza para como parte del Sistema Municipal de Áreas Protegidas, porque no se reconoce en los boletines informativos el inaceptable déficit arbóreo y de zonas verdes, no se incorporan relictos de Bosque Seco Tropical como El Morro y otros potrerizados.

En materia de autoridad ambiental, no obstante que el Dagma cumple 30 años de establecida, sigue siendo el mayor fortín contractual de la colación del Concejo, cuenta con funcionarios de segundo nivel sin experiencia ni formación afín, que avalan que los contratistas impongan sanciones provisionales usurpando funciones públicas, así como procesos sancionatorios ocultos en que las multas pecuniarias oscilan según la venta de humo, llevándonos a solicitar a la Fiscal General de la Nación una contundente investigación penal para que cese la corrupción.

Ni que decir, de la apología a la pólvora del heredero del Clan Cañicultor Eder, no obstante la creciente opinión pública demandando finalizar esta práctica que corrompe el aire que respiramos incrementando las infecciones respiratorias infantiles, además de la muerte de ingente cantidad de aves, el pánico a perros y gatos, así como la muerte de dos antílopes en el Zoológico de Cali (una inaceptable cárcel animal), se siguen permitiendo la venta de artículos explosivos.

No obstante que la Unidad de Protección Animal negó el embuchado de la Peregrinación Ecuestre para esta Feria, iterando que no es acorde con los valores de una sociedad que busca garantizar la vida digna de todos los seres vivos, bienestar animal no negociable, afirmando que debe abandonarse prácticas que normalizan el sufrimiento y comenzar a construir una relación de respeto hacia los animales, el Alcalde Eder promovió las corridas de toros, demostrando que el eslogan de Paz con la Naturaleza era una falacia para él, como asiduo taurino.

Acompañaremos este domingo a los movimientos antitaurinos a la jornada de protesta en la Plaza de Torturas Cañaveralejo, aunque estos no hayan expresado su solidaridad con las Ballenas Jorobadas, los Delfines Moteados, las Tortugas Carey, las Anguilas de Jardín, los Monos Capuchinos, los Lagartos Azules, los Osos Perezosos de 3 Dedos y todo su mundo marino en Gorgona, expuesto alevemente por la Estación Guardacostas autorizadas por los Ministros de Defensa y Ambiente, con el silencio cómplice de las bancadas del Pacto Histórico.

“Verde que te quiero verde. Verde viento. Verdes ramas. El barco sobre la mar y el caballo en la montaña”, escribió Federico García Lorca (1928), mientras Gardel y Le Pera compusieron “El día que me quieras” (1935), con un soneto ambiental: “El día que me quieras / no habrá más que armonías, / será clara la aurora / y alegre el manantial. / Traerá quieta la brisa / rumor de melodías / y nos darán las fuentes / su canto de cristal. / El día que me quieras / endulzará sus cuerdas / el pájaro cantor, / florecerá la vida, / no existirá el dolor”.

24.11.24

Corte Constitucional y el sendero hacia el racismo estructural - Disertaciones del Crepúsculo


Armando Palau Aldana, Cali, 24-11- 2024

La defensa del Parque Natural la emprendieron al comienzo de los años 80: biólogos marinos (adscritos al programa de biología de la Universidad de Valle que rondaba su primera década), buzos como Gonzalo Concha y defensoras de derechos humanos como Cecilia Castillo de Robledo, entre otros, y lo lograron en diciembre de 1983 cuando el entonces Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables (Inderena) lo declaró como Parque Nacional y se inició el camino para el cierre de la denigrante prisión que se clausuro en 1984.


La lucha contra el licenciamiento para construir las obras militares (radar, muelle y hangares) en la licenciada Estación Guardacostas (31 diciembre 2015), ha sido un indeclinable propósito de la bicentenaria y prestigiosa Academia de Ciencias Exactas Física y Naturales visible con la carta de su Comisión Permanente de Áreas Protegidas a la entonces Directora de la Autoridad de Licencias (mayo 2017), luego se sumaría el Comité Técnico Científico del Parque Nacional Natural Gorgona con su misiva protesta al Presidente Santos por esas calendas.

Nosotros arribamos a esta causa hace solo dos años (noviembre 2022), cuando solicitamos audiencia pública a la mencionada Autoridad Nacional de Licencias (Anla), que ha sido deliberada y sistemáticamente denegada por el subalterno Director (Rodrigo Negrete M) quien fuera el Jurídico de María Susana Muhamad G. en sus tiempos como Secretaria de Ambiente siendo Petro Alcalde de Bogotá, lo cual confirma la negación de participación ciudadana por parte de la vocera ambiental ministerial del gobierno que pregona paz con la naturaleza.

El pasado 9 de abril cuando recordábamos el magnicidio de Gaitán (1948) que originó el Bogotazo, dos valientes magistradas del Tribunal Superior de Bogotá decretaron el amparo constitucional a la Consulta Previa de la Comunidad Negra Guapi Abajo y la suspensión de la licencia para las mentadas obras militares, explicando que el territorio étnico deviene de una construcción cultural, con independencia de si las comunidades se encuentran ubicadas geográficamente en esas zonas, lesionado sin análisis técnico, antropológico y cultural comunidades.

Precisaron las Magistradas del Tribunal de Bogotá, que en estos casos de duda sobre un posible detrimento medio ambiental, como puede ser la migración de fauna marina o el derrame de sustancias toxicas en el medio acuático, se legitima la posibilidad de suspender la aplicación de los actos administrativos que representen un peligro a los recursos naturales, haciendo una debida interpretación del Convenio OIT 169 de 1989 y de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965).

Sin embargo, la Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional con ponencia de la magistrada Andrea Meneses (promovida a esa honorable Corporación Judicial por el expresidente Iván Duque), revocó el amparo a la Consulta Previa al Consejo de Comunidades Negras, intrigando que no se aportaron pruebas que permitieran establecer que el proyecto de construcción de la Estación Guardacostas es incompatible y afecta las actividades pesqueras que realiza la comunidad fuera del Parque Gorgona, en donde estas están prohibidas.

Se determinó entonces en Sentencia T-470 que el amparo del derecho a la consulta previa solo podía otorgarse acreditándose la "afectación directa" de la comunidad involucrada mediante el "impacto positivo o negativo” de la licencia para construcción de las obras militares de la Estación Guardacostas sobre las condiciones sociales, económicas, ambientales o culturales que constituyen la base de la cohesión social de la comunidad étnica, diferenciada del Consejo Bajo Tapaje y el Mar suscriptora del Acuerdo de Uso con Parques Nacionales.

Determinó entonces la Sala Séptima de Revisión que no es posible inferir razonablemente la existencia de una afectación directa a la Comunidad Guapi Abajo, desconociendo que además de la pesca, los lancheros guapireños transportan al Parque Isla Gorgona turistas y buzos, además son operadores turísticos que prestan hotelería y gastronomía en el caucano municipio, cuyas gentes tienen interconectividad en los usos de la territorialidad afrodescendiente con chagraunidades de vivienda-río mediante estrategias polifónicas (ICANH).

A partir del reconocimiento que la Corte hizo en sentencia C-169 de 2001 de éstas organizaciones étnicas como acreedores de los derechos del Convenio sobre Consulta Previa, pues constituyen un grupo social que comparte identidad cultural distinta a la sociedad dominante, la T-470 plasmo un retroceso, desconociendo los Acuerdos con Parques Nacionales del Movimiento Social de Comunidades Afro colombianas y los Consejos Comunitarios del Pacífico Colombiano (2002) y con las Organizaciones y Autoridades Étnico Territoriales de los Pueblos Negros del Pacífico (2020) , para decidir sus propias prioridades.

La T-470 de 2024 ignoró las 4 pruebas que aportamos por el Consejo Guapi Abajo y no realizó valoración probatoria e incurrió en defecto fáctico. Documentos probatorios emitidos por: Academia de Ciencias Exactas Físicas y Naturales sobre los precarios Estudios de Impacto Ambiental de la Armada; Comité Científico de Gorgona sobre la fauna marina; Instituto Colombiano de Antropología e Historia Nacional (ICAHN) sobre pueblos afrodescendientes; e Ingeniero electricista Luis Carlos Orejarena Morales sobre la contaminación del Radar a la salud.

La Sala Séptima de la Corte ha incurrido en la consolidación del racismo estructural, pues su Sentencia T-470 contiene una limitación al derecho a la Consulta Previa, por tanto, denota un trato que pretende –consciente o inconscientemente– anular los derechos de las Comunidades Negras, trayendo como resultado la violación de sus garantías fundamentales al imponer una restricción que anula y menoscaba el reconocimiento de un tratamiento especial para la protección de sus libertades en las esferas política, económica y cultural.

La T-470 arrasó la jurisprudencia constitucional de inversión de la carga de la prueba en cabeza del licenciatario ambiental y no de las Comunidades, garantía probatoria en los escenarios de discriminación. Desconoció la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Transgredió la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Configuró un hecho de exclusión social revocando la Consulta Previa establecida en el Convenio 169 de 1989 con estatus de Bloque de Constitucionalidad.

El Convenio 169 sobre Consulta Previa ordena a los gobiernos velar por que se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre esos pueblos, sabiendo que por contraposición a la teoría del daño cierto y verificable, la precaución opera sobre el riesgo del desarrollo e impone el principio de precaución transversal al derecho ambiental, sin que sea exigible tener certeza sobre los eventuales daños.

Después de haber logrado el reconocimiento como país pluricultural y pluriétnico por la Constituyente del 91, no puede ser de recibo que una mentalidad político jurídica retardataria nos lleve mediante una sentencia constitucional por los ignominiosos caminos del racismo como discriminación estructural estatal acentuando las diferencias sociales y económicas, provocando desazón en los hombre y mujeres descendientes de la cultura Bantú forjadores de nuestra historia colombiana con un legado ancestral de protección de la Pachamama.

Por si estas ideas pudieran provocar un correccional contra el suscrito, lo reafirmo y expreso en ejercicio constitucional de mi libertad de expresión y conciencia, que me hace tararear el tango Cambalache (Santos Discépolo 1934): “¡Hoy resulta que es lo mismo / ser derecho que traidor!... / ¡Ignorante, sabio o chorro, / generoso o estafador! / ¡Todo es igual! / ¡Nada es mejor! / ¡Lo mismo un burro / que un gran profesor! / No hay aplazaos / ni escalafón, / los inmorales / nos han igualao”.