26.2.25

La derrota de la sociedad civil - Disertaciones del Crepúsculo


Cali, 23 de febrero de 2025. Por Armando Palau Aldana. Los peruanos definen la Nación como un conjunto grande de personas unidas por una cultura común y que viven bajo un mismo gobierno, mientras que el portal académico de la Universidad Autónoma de México, indica que el concepto de Nación es complicado, en sentido laxo, el conjunto de características culturales que comparten los habitantes de determinado territorio. En esta abstracción residía la soberanía colombiana hasta que paso exclusivamente al pueblo en 1991.

Este teórico mandato constitucional, consagrado como un fin o reto del pueblo colombiano en la Carta Política de 1991, deviene en la apertura a la participación democrática que sigue dominada por la democracia representativa. Aún así, se estrenó esta Constitución con la ruptura de la mayoritaria costumbre de designar militares como Ministros de Guerra, y fueron civiles los de Defensa durante 5 lustros, poniendo de presente el monopolio de la fuerza en cabeza del Estado.

En su Contrato Social (1762) Rousseau consideró: “Despojarse de la libertad es despojarse de moralidad (…) es una convención fútil y contradictoria estipular de una parte una autoridad absoluta y de la otra una obediencia sin límites” y André Gorz (Libertad y ecología, 1979) es la sociedad civil: “el entretejido de las relaciones sociales que los individuos establecen entre sí en el seno de los grupos o comunidades que no deben su existencia ni a la mediación ni al acta institucional del Estado”.

No obstante, este gobierno que elegimos anhelando salir de la recalcitrante derecha del Establishment, que desde tiempos inveterados ahonda las desigualdades, fortalece los monopolios privados, empobrece a las comunidades y destruye la biodiversidad de nuestros biomas en potrerización ganadera y extensión de monocultivos, sorprende y decepciona a las esperanzadas comunidades que creyeron estar ante el inicio de un cambio de orilla política.

No podemos negar el cambio en muchos de los espectros políticos en manos de este gobierno, pero la crisis evidenciada en el publicitado Consejo de Ministros, puso de presente que no fue Petro sino sus asesores quienes diseñaron el Plan Nacional de Desarrollo, al punto de no precisar aquel el avance de sus metas, pasando a la proselitista retórica de compromisos de tribuna con las comunidades, para justificar la medición del fracaso de su gabinete colocándolo en la picota pública 

Es probable que las entusiastas comunidades populares aterricen que este es un gobierno de centro, como lo advirtió y precisó Petro, cuyo Movimiento M-19 (1974) se funda con la bandera de la Alianza Nacional Popular (1961), reivindicando el fraude electoral (1970) contra el general Rojas Pinilla orquestado por Lleras Restrepo que hizo Presidente a Misael Pastrana. La Anapo se conocía como “la fuerza que define”, pues desempataba las decisiones en corporaciones públicas entre liberales y godos.

Víctor Hugo dijo: “Entre un gobierno que lo hace mal y un pueblo que lo consiente hay una cierta complicidad vergonzosa”, pero sorprender con la designación de un militar como Ministro de Defensa, constituye un golpe bajo a la sociedad civil y rompe su avance, pues después de la Constituyente del 91 los civiles se pusieron por encima de quienes institucionalmente a través de las armas deben defender la soberanía, la independencia y la integridad del territorio nacional. Seguramente el origen militar subversivo, pues el pasado no perdona.

Y claro, esto nos hace mirar retrospectivamente el comportamiento del Gasto Militar en Petro desde el Presupuesto de la Nación: en 2022 fue de 350 billones: con 71,7 para Servicio a la Deuda; 49,5 para Educación; 42,6 para Gasto Militar; y 41,9 para salud. En 2023 PGN 422.8 billones: Servicio a la Deuda 77,9; Educación 54,8 billones; Salud 50,2; Gasto Militar 48,3 billones. En 2024 PGN 502,6 billones: Servicio a la Deuda 94,5; Educación 70,4; Salud 61,5; Gasto Militar 56. Y 2025 PGN 511 billones: Servicio a la Deuda 112,6 billones; Educación 70; Salud 65; y Gasto Militar 60.

En los 3 años de gobierno Petro el gasto militar subió 17.4 billones del 2022 al 2025, mientras que el ambiental se movió de 1,3 en 2022 a tan solo 1,7 billones para 2025. (Que tal el liderazgo de Susana Muhamad, que solo logró incrementar la gestión ambiental en 400 mil millones en este periplo). Llegamos a una triste reflexión, para silenciar un posible ruido de sables militares, se ha preferido conectar la sociedad castrense con el alto gobierno, y para lograr gobernabilidad articular la dirigencia política con un experimentado lobista.

Como piedra en ojo hinchado, Aguilar y Cadícamo compusieron “Al mundo le falta un tornillo” (1933): “Todo el mundo está en la estufa, / Triste, amargao y sin garufa, / neurasténico y cortao... / Se acabaron los robustos, / si hasta yo, que daba gusto, / ¡cuatro kilos he bajao! / Hoy no hay guita ni de asalto / y el puchero está tan alto / que hay que usar el trampolín. / Si habrá crisis, bronca y hambre, / que el que compra diez de fiambre / hoy se morfa hasta el piolín. / Hoy se vive de prepo / y se duerme apurao. / Y la chiva hasta a Cristo / se la han afeitao... / Hoy se lleva a empeñar / al amigo más fiel, / nadie invita a morfar... / todo el mundo en el riel. / Al mundo le falta un tornillo / que venga un mecánico... / ¿Pa' qué, che viejo? / Pa' ver si lo puede arreglar”. 

16.2.25

La trama de un fallo racista de facto - Disertaciones del Crepúsculo


Cali, 16 de febrero de 2025. Por Armando Palau Aldana. La semana pasada, la Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal de Bogotá, denegó en segunda instancia el amparo constitucional a la Consulta Previa al Consejo Comunitario Bajo Tapaje y del Mar, al que pertenecen los pescadores artesanales de Playa Bazán en límites entre Nariño y Cauca, quienes realizan faenas de pesca en las afueras del Parque Gorgona y pernoctan en la isla.

Dicha Sala Laboral, se arrogó la competencia funcional, despojándosela a la Sala Segunda, que en abril del año pasado había resuelto la impugnación al Consejo Guapi Abajo amparándole los derechos al debido proceso y a la consulta previa, revocando el fallo de primera instancia proferido por la Juez 46 Laboral de Bogotá. Es decir, la Sala Sexta, violó de bulto la competencia funcional.

Además padece de defecto sustantivo, porque esta Sala Laboral, dejó de aplicar normas claramente pertinentes, haciendo una interpretación que contraría los postulados mínimos de la razonabilidad jurídica. Esto es, inaplicó el axioma del artículo 13 de la Constitución que ordena al Estado adoptar medidas en favor de grupos discriminados y proteger preferencialmente su debilidad manifiesta.

Los magistrados de dicha Sala Laboral también transgredieron el Acuerdo 1480 de 2002 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, que determina que cuando un asunto fuere repartido por primera vez en segunda instancia, en todas las ocasiones en que se interpongan recursos que deban ser resueltos por el superior funcional, el negocio será asignado a quién se le repartió inicialmente.

La acción de tutela del Consejo Bajo Tapaje y del Mar, fue acumulada con la de Guapi Abajo y le correspondió nuevamente a la Juez 46 Laboral de Bogotá, quien también denegó el amparo constitucional, por tanto, la impugnación le correspondía a la Sala Segunda, que incluyente y vanguardistamente había tutelado el debido proceso y la consulta previa, en abril del año pasado.

Pero este año, alguien con mano perversa y corrupta burlo el reparto por adjudicación, privando del conducto regular a la Sala Segunda para evitar que esta conociera y decidiera nuevamente la segunda instancia, dejando en manos de la Sala Sexta que desconoció en un escueto fallo el precedente jurisprudencial de favorabilidad y la Sentencia de la Corte Interamericana sobre consulta previa.

Esta Corte Interamericana condenó al Estado de Colombia, en el Caso Pueblo Indígena U’wa y sus Miembros (sentencia publicitada el 20 de diciembre de 2024), declarando que nuestra matria es responsable por incumplir su obligación de proteger los Derechos a la Propiedad Comunal, la Consulta Previa y la Participación en la vida cultural, en perjuicio del mentado Pueblo Indígena.

Precisó la Corte Interamericana, que es deber del Estado, y no de los pueblos indígenas o tribales, demostrar que en el caso concreto estas dimensiones del derecho a la consulta previa fueron efectivamente garantizadas. El incumplimiento de la obligación de consultar, o la realización de la consulta sin observar sus características esenciales, compromete la responsabilidad estatal. 

El fallo está además viciado de nulidad, por emitirse con defecto fáctico, consistente en obviar el Tribunal sin análisis alguno las pruebas documentales: conceptos de la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, el Comité Científico de Gorgona, el Instituto Colombiano de Antropología e Historia y el ingeniero Luis Carlos Orejarena. Pleno desconocimiento del material probatorio obrante.

De acuerdo con los estándares de Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, este fallo de la Sala Sexta Laboral del Tribunal de Bogotá, denota una restricción a los derechos del Consejo Bajo Tapaje y del Mar, pues menoscaba el reconocimiento, goce y ejercicio de su derecho fundamental a la Consulta Previa, restringiendo su pleno ejercicio.

La Sala Sexta Laboral limitó de tajo el derecho a la Consulta Previa, dando un trato que anula los derechos de una Comunidad Afrodescendiente violando sus garantías fundamentales, consumando una discriminación estructural, justificando desigualdades por la exclusión social generada por la ausencia de la Consulta Previa, validando una restricción que anula y menoscaba su bienestar. 

Este fallo arraso el Acuerdo de Uso celebrado entre el Consejo Comunitario Bajo Tapaje y del Mar y Parques Nacionales, suscrito en agosto de 2010 para aunar esfuerzos institucionales y comunitarios para el fortalecimiento de las prácticas sostenibles de pesca artesanal de la comunidad de Bazán vecina de Gorgona y propender por su conservación, construyendo la Casa de los Pescadores en la isla.

Es decir, se oscurece una vez más el faro de la justicia, dejando de iluminar el anhelo de las sociedades contemporáneas, que buscan esperanzadoras y angustiadas caminos de libertad y convivencia en el difícil sendero de la paz, porque no se trata de la aplicación exegética de la ley, un inaceptable fetiche, sino de hacer justicia en el más injusto de los mundos, como dijo Camus.

Por ello le cantamos a la justica que siempre anhelamos, La Comparsita (1924) de Rodríguez, Contursi y Maroni: “Si supieras, / que aún dentro de mi alma, / conservo aquel cariño / que tuve para ti... / Quién sabe si supieras / que nunca te he olvidado, / volviendo a tu pasado / te acordarás de mí... / Los amigos ya no vienen / ni siquiera a visitarme, / nadie quiere consolarme / en mi aflicción... / Desde el día que te fuiste / siento angustias en mi pecho, / decí, percanta, ¿qué has hecho / de mi pobre corazón?”.




Trump, Andrew Jackson y el "Sendero de las Lágrimas"


15 de febrero de 2025. Por Amy Goodman y Denis Moynihan. Estados Unidos está atravesando una crisis constitucional que tiene escasos precedentes históricos. El presidente Donald Trump está intentando concentrar el poder público, a través de una serie de órdenes ejecutivas y decretos presidenciales que dictó en los primeros días de su gobierno. Trump ha designado al hombre más rico del mundo y la persona que más dinero aportó a su campaña presidencial, Elon Musk, para dirigir el “Departamento de Eficiencia Gubernamental” (DOGE, por sus siglas en inglés). Musk (a quien algunos actualmente llaman el “presidente X” en alusión a su red social, formalmente conocida como Twitter) es el mayor contratista del Gobierno estadounidense, sobre todo gracias a que su empresa SpaceX tiene el monopolio de los lanzamientos de las operaciones espaciales de la NASA y el Pentágono. Musk está desmantelando casi todas las agencias federales que han investigado, multado o intentado regular su imperio empresarial, al tiempo que evita que se investiguen posibles conflictos de intereses entre sus actividades económicas y su función en el Gobierno estadounidense.

Las más de 60 órdenes ejecutivas que Trump ha emitido desde que comenzó su segundo mandato han provocado la presentación de numerosas demandas. Estas acciones legales buscan frenar una serie de órdenes y decretos de Trump: su intento de suprimir el derecho constitucional a la ciudadanía por nacimiento; su orden de congelar billones de dólares de fondos federales que ya han sido aprobados por el Congreso y convertidos en ley, incluidos la ayuda internacional, el financiamiento de la ciencia y las iniciativas federales de diversidad, equidad e inclusión en el ámbito laboral; el despido masivo de empleados y funcionarios públicos; sus ataques contra la comunidad inmigrante y las personas trans; y el acceso sin restricciones por parte del Departamento de Eficiencia Gubernamental a los registros privados de millones de trabajadores federales y ciudadanos estadounidenses comunes.

Muchos jueces federales han emitido diversas medidas judiciales para frenar, al menos temporalmente, la ofensiva del presidente Trump. El derecho constitucional estadounidense establece que, cuando un tribunal federal emite una orden, el presidente debe acatarla. En una conferencia de prensa que Trump y Musk brindaron el miércoles en el Despacho Oval, durante el momento de las preguntas, se le consultó al presidente si acatará las órdenes judiciales, a lo que el mandatario respondió: “Sí. Siempre acato las órdenes judiciales… y las apelaré”.

Un juez federal del estado de Rhode Island ordenó al Gobierno de Trump restablecer el financiamiento federal después de que 22 estados presentaran una demanda contra el congelamiento de fondos federales impulsado por el presidente estadounidense. Sin embargo, una semana después, el juez acusó a la Casa Blanca de no acatar su fallo. El magistrado rechazó la solicitud de Trump de permitir que el congelamiento de fondos federales permanezca vigente mientras dure el proceso de apelación. Según diversas informaciones, hasta este jueves 13 de febrero, los fondos no han fluido, por lo que el Gobierno federal está violando el fallo del tribunal.

El vicepresidente JD Vance, que estudió en la Facultad de Derecho de Yale, ha animado al presidente a desafiar las órdenes de la justicia. En respuesta a las numerosas medidas cautelares destinadas a suspender las órdenes ejecutivas de Trump, Vance publicó en la red social X:

“Si un juez intentara decirle a un general cómo llevar a cabo una operación militar, eso sería ilegal. Si un juez intentara ordenar a la fiscal general cómo ejercer el poder discrecional que le confiere su cargo, eso también es ilegal. Los jueces no pueden controlar el poder legítimo del Ejecutivo”.

La visión de Vance sobre el poder extremo del Ejecutivo no es nueva. En una entrevista que brindó en 2021, Vance, que vaticinó que Trump ganaría en 2024 las elecciones presidenciales, le dio el siguiente consejo al actual presidente estadounidense:

“Despida a todos y cada uno de los burócratas de nivel medio, a todos los funcionarios y empleados de la administración pública, y reemplácelos con nuestra gente. Y cuando los tribunales lo detengan –porque interpondrán demandas en su contra–, párese frente al país, como lo hizo Andrew Jackson, y diga: 'El presidente de la Corte Suprema ha dictado sentencia. Ahora, que la haga cumplir'”.

En 1829, Andrew Jackson se convirtió en el séptimo presidente de Estados Unidos, después de presentarse como un candidato anti-establishment que lucharía contra la corrupción y la aristocracia enquistada en el poder. Jackson, quien era considerado un héroe de la guerra anglo-estadounidense de 1812, tenía escasa educación formal, un temperamento temible y dos balas alojadas en su cuerpo, una de un duelo y otra de una pelea con Thomas Hart Benton, quien luego se convertiría en senador y aliado clave del séptimo presidente de Estados Unidos.

Además de su carrera política, Jackson,también era dueño de una plantación y esclavizaba a personas afrodescendientes. Cuando se convirtió en presidente, vendió algunos de sus esclavos, lo que desmembró familias enteras, y llevó a varios de ellos a trabajar a la Casa Blanca.

La cita de Jackson que Vance publicó en la red social X hace referencia a un fallo que la Corte Suprema de Estados Unidos emitió en 1832 en relación con el caso “Worcester contra Georgia”, el cual fue redactado por el entonces presidente del alto tribunal, el juez John Marshall. La Corte Suprema dictaminó que Georgia no podía imponer sus leyes en las tierras de la nación Cherokee, un territorio que dicho estado tenía intenciones de controlar. El fallo del alto tribunal presuntamente impulsó al presidente Jackson, que estaba del lado de Georgia, a proferir esa amenaza: “El presidente de la Corte Suprema ha dictado sentencia. Ahora, que la haga cumplir”.

Sin embargo, Jackson no necesitó desafiar el fallo del tribunal. En los años siguientes, como presidente, logró ampliar la corte y consolidar una mayoría que anuló los fallos emitidos por el juez Marshall. Esto le permitió a Jackson orquestar una de las mayores limpiezas étnicas en la historia de Estados Unidos, una campaña conocida como el “Sendero de las Lágrimas”.

Se estima que entre 1830 y 1850, unas 60.000 personas de las naciones indígenas Cherokee, Chickasaw, Choctaw, Muscogee y Seminole fueron reubicadas por la fuerza en reservas situadas en lo que actualmente es el estado de Oklahoma. Unas 20.000 de ellas murieron en el camino o poco después de su reubicación. Este fue un episodio central del genocidio que el Gobierno de Estados Unidos perpetró contra los pueblos originarios.

Las amenazas de JD Vance de desafiar las órdenes judiciales, que recuerdan a los años oscuros que vivió el país bajo el mandato del presidente Andrew Jackson, constituyen una aciaga advertencia, al tiempo que la crisis constitucional provocada por Trump continúa siendo combatida en los tribunales y en las calles.


© 2025 Amy Goodman Traducción al español de la columna original en inglés. Edición: Democracy Now! en español, spanish@democracynow.org

La revocatoria del mandato local - Disertaciones del Crepúsculo


9 de febrero de 2025. Por Armando Palau Aldana. En la dinámica de depositar la soberanía sobre el aparato estatal en cabeza exclusiva del pueblo, se estableció constitucionalmente la participación democrática con el propósito de sobreponerla a la representatividad, fijando instrumentos como el voto programático para alcaldías y gobernaciones, cuyo incumplimiento generaría la revocatoria del mandato impuesto a través del voto.

Sin embargo, se dejó su reglamentación al Congreso de la República donde persiste la corrupta dirigencia de los gamonales territoriales, siendo la revocatoria del mandato programático un ejercicio en las urnas, técnicamente más engorroso que las justas para elegir mandatarios locales y regionales, cuando se pudo y se puede establecer la acción constitucional en estrados para dicha revocatoria.

Podríamos hacer un símil: primero debemos precisar la problemática que aqueja a nuestra matria, construir un plan con programas y acogerlo por consenso, para luego determinar cual es la mejor candidatura para sacar avante esas ideas, sin embargo, primero nos rompemos la cabeza escogiendo quien y luego se improvisa la propuesta de gobierno ad-portas de las elecciones en los debates televisados.

Pero los programas inscritos, construidos por asesores más no por militantes ni simpatizantes o potenciales electores, en el caso de Eder, son solo títulos y subtítulos, para evadir compromisos y responsabilidades. Sin embargo, incumple dos: “Sostenibilidad - Protección de Activos y Recursos Naturales”, así como “Finanzas Públicas, Buen Gobierno y Lucha Contra la Corrupción”.

Para la muestra, el excluyente Club Campestre, que invadió 1 millón de metros cuadrados del municipio, dentro del cual están privados del goce público 8 humedales lénticos por la élite derivada de la Casta Blanca, demostrando que “los ricos también invaden con patente de corso”, logrando que Eder (su socio de número), les haya devuelto ilegalmente 2.2 mil millones de pesos por predial.

Este domingo, parte de la muchachada de las primeras líneas tomó la determinación de reclamar simbólicamente la titularidad de esos bienes de uso público y fiscales usurpados por las élites, prendiendo olla comunitaria frente al Club Campestre. Lo que el exalcalde Jorge Iván Ospina, no tuvo el valor de recuperar, las 100 hectáreas cedidas por Ferrocarriles Nacionales a Cali.

Bajo el gobierno de Eder, no hay entonces protección de recursos naturales ni lucha contra la corrupción, la cual galopa ahora por parte de la Casta Blanca, superando el promedio de contratistas de nómina paralela que ha manejado la Sucursal de Cali en los últimos cinco años, que ha estado alrededor de 12.500 contratistas, cifra elevada el año pasado a 13 mil por esta administración.

No obstante el esclerótico trámite para sacar avante la revocatoria, que comprende obtener el apoyo de por lo menos el 30% de los votos que obtuvo Eder, es decir, 95 mil firmas del total de los 315 mil con los que lo eligieron, que es un peldaño alcanzable, lo crítico es obtener por encima de 330 mil votos (40% de los 824 mil votantes), además de la mitad más uno de ese resultado mínimo.

Estamos hablando de un escenario absolutamente frío, en la que no compiten los partidos y los movimientos, como tampoco distintas candidaturas, solamente los comités que impulsan la revocatoria y la ciudadanía que logre ser sensibilizada mediante opinión pública, sin embargo, las circunstancias de modo, tiempo y lugar en un pulso de clases sociales, podría generar una dinámica excepcional.

Y es precisamente entender que el enriquecimiento de pequeños sectores, es decir, de la élite de la casta blanca, acudiendo a arrebatar el erario en detrimento de la satisfacción de las necesidades básicas de inmensos sectores empobrecidos, puede provocar una coyuntura de lucha contra la corrupción, que si logra la suma de los sectores partidistas que perdieron las elecciones, podría sorprender.

En fin, esta puja proporciona la oportunidad de exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales y legales al alcalde, bajo la egida de buscar la prevalencia del interés y la prosperidad generales, servir a la comunidad, y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, y facilitar la participación de todos, no el favorecimiento solo de los ricos.

En los sectores populares donde la alegría aflora y la solidaridad emerge, se siente “Melodía de Arrabal” (1932), el tango de Gardel, Le Pera y Battistella: “Barrio... barrio… / que tenés el alma inquieta / de un gorrión sentimental. (…) Barrio... barrio... / perdoná si al evocarte / se me pianta un lagrimón, / que al rodar en tu empedrao / es un beso prolongao / que te da mi corazón”.


3.2.25

Los Humedales - Disertaciones del Crepúsculo


Cali, 2 de febrero de 2025. Por Armando Palau Aldana. Los humedales son cuerpos superficiales de agua, como ciénagas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, naturales o artificiales, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, cuya profundidad en marea baja no exceda de 6 metros. Son reguladores de los regímenes hidrológicos y hábitat de exótica fauna y flora, especialmente de aves acuáticas y recursos naturales hidrobiológicos (Peces, Moluscos, Crustáceos, Algas, Corales).

Los humedales son bienes de uso público según nuestro Código Civil (1873), así lo reconocen las Cortes Constitucional y Suprema, como el Consejo de estado. Aunque hoy solo representan el 6% de la superficie terrestre, han sido reconocidos por la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional de Ramsar (Irán, 1971), como hábitat de aves Acuáticas migratorias, como sumideros de carbono, bondades piscícolas, agrícolas y prevención de desastres.

El Valle Geográfico del río Cauca, comprendía una extensión de más de 15.200 hectáreas en 1950 (Restrepo y Naranjo), reduciéndose a un poco más de 2.500 hectáreas en 2020 (Calidris y Audubon), como consecuencia del crecimiento del monocultivo de la caña de azúcar durante las últimas 7 décadas, ingenios azucareros que arrasaron madreviejas, ciénagas, lagunas y zonas inundables, dejando solo una sexta parte de este sistema lacustre con la complicidad de CVC.

En Cali la autoridad ambiental en estas 3 décadas de funcionamiento ha demostrado su precaria y corrupta gestión, publicando en la prensa regional (El País, 2025), que la Sucursal del Cielo solo posee 7 ríos (Cauca, Cali, Aguacatal, Cañaveralejo, Melendez, Lili y Pance), invisibilizando los ríos Pichinde, Felidia y Jamundi (registrados en cartografía CVC y Planeación Cali), adulterando el origen de El Pondaje y Charco Azul, con la Laguna de Aguablanca (desecada por los cañicultores).

El Dagma desconoce el Humedal El Cortijo (albergado por el relicto de Bosque Seco Tropical con mayor biodiversidad en Cali), protegido gracias a una orden judicial que logramos en acción popular ante el Consejo de Estado, mostrando que los humedales situados en barrios de estratos altos y reductos de la casta blanca (5 y 6) tienen los mejores Planes de Manejo Ambiental, mientras que los de los estratos bajos (1, 2, 3 y 4), están abandonados a su suerte y sufren procesos de invasión.

Igualmente ocurre con las zonas verdes y parques de esos estratos altos en Cali, que son mejor preservados, mostrando la inaceptable tendencia hacia la elitización de la gestión ambiental, hoy en manos de un designado por el Alcalde Eder como Director del Dagma, un hermano de uno de los Presidentes de Asocaña. El rapto de 8 humedales lénticos por la elite del Club Campestre, que robó 1 millón de mts2 indica que “los ricos también invaden con patente de corso”.

Por ello desde la perspectiva ambiental y con ocasión del día de los humedales, vale la pena indagar sobre el trámite de revocatoria del mandado al alcalde Eder, pues no ha cumplido su propuesta de gobierno de “Sostenibilidad- Protección de Activos y Recursos Naturales”, tampoco “Finanzas Públicas, Buen Gobierno y Lucha Contra la Corrupción”, pues avaló una espuria devolución de 2.200 millones de impuesto predial y complementarios al mismo Club del que es socio.

Les dedicamos “Garufa” (1927), el tango de Collazo, Soliño y Fontaina, que dice: “Del barrio La Mondiola sos el más rana / y te llaman Garufa por lo bacán; / tenés más pretensiones que bataclana / que hubiera hecho suceso con un gotán. / Durante la semana, meta laburo, / y el sábado a la noche sos un doctor: / te encajás las polainas y el cuello duro / y te venís p'al centro de rompedor. / Garufa, / ¡pucha que sos divertido! / Garufa, / ya sos un caso perdido; / tu vieja / dice que sos un bandido / porque supo que te vieron / la otra noche / en el Parque Japonés”.